El tema de la protección de datos está cada vez más delicado y os lo digo yo que lo llevo en la empresa en la que trabajo. Burocracia, burocracia y más burocracia además de muchas lagunas legales pero de vez en cuando la cosa está tan clara que la multa es evidente.
La Agencia Española de Protección de Datos o AEPD ha multado a Whatsapp y Facebook con una sanción de 300.000 euros por barba por la cesión de datos de una a otra y el tratamiento de los mismos de manera indebida.
Todos sabemos que allá por 2014, Facebook compró Whatsapp por la no despreciable cifra de unos 19.000 millones de dólares. Podríamos pensar que ahora todo corresponde a la misma compañía pero no es así, son compañías distintas pero con el mismo dueño.
El caso es que tras la compra de Whatsapp, este cedió los datos de los usuarios a Facebook sin pedir ningún consentimiento a dichos usuarios. Posteriormente, Facebook cotejó esos datos con los de su base de datos, una vez más sin el consentimiento correspondiente de los usuarios. Estas acciones les han llevado a recibir sendas sanciones.
Tras esta multa Whatsapp se apresuró con una declaración que decía que ellos tratan los datos de manera correcta y que desde la nueva encriptación o cifrado de datos extremo a extremo, están más seguros que nunca.
Desde el punto de vista del tratamiento de datos, están bien sancionados porque se les ha aplicado la cuantía que dice la ley pero muchos se preguntan si para empresas de ese calibre, 300.000 euros no será más que una propina. La verdad es que parece que les han escuchado porque con la nueva Ley de Protección de Datos GRPD, ahora se pueden aplicar sanciones porcentuales en función de la facturación anual de una empresa.
Está bien que haya una agencia española que se tome esto de los datos de manera seria y sobre todo cuando se trata de los grandes titanes mundiales, no sea que se vayan a pensar que pueden hacer lo que les de la gana.
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